AUTORIZACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS


Para POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. es muy importante la protección y el manejo de los Datos Personales, Sensibles, Comerciales, niñas, niños y adolescentes de nuestros clientes, es por eso que POSITIVA ha diseñado políticas y procedimientos que se encuentran publicados en nuestro sitio web para su consulta de acuerdo con el marco normativo establecido en la Ley 1581 de 2012: Positiva.gov.co; que junto con la presente autorización nos permiten hacer uso responsable de sus datos conforme a la ley; Lo invitamos a leer cuidadosamente el siguiente texto mediante el cual usted autoriza el tratamiento de sus datos.

DATOS PERSONALES: Autorizo expresamente a POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A, a sus filiales vinculadas y/o Terceros contratados, en adelante “POSITIVA”, para que pueda: recolectar, transferir, transmitir, almacenar, usar, circular, suprimir, compartir y actualizar, mis datos personales.

INFORMACION COMERCIAL: Autorizo expresamente a POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A el envío a mi correo electrónico o celular de: Ofertas y Publicidad, así como realizar actividades de mercadeo, eventos, capacitaciones, seminarios, talleres y/o actividades de comercialización de servicios y/o productos que preste o que pudiera llegar a ofrecer.

DECLARO QUE HE SIDO INFORMADO SOBRE LOS DERECHOS QUE ME ASISTEN COMO TITULAR O REPRESENTANTE LEGAL: actualizar, conocer, rectificar, revocar, acceder, solicitar prueba de la autorización otorgada, realizar consultas gratuitas de mis Datos Personales y Datos Sensibles, y los demás derechos consagrados en la Política de tratamiento de datos personales de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., a la dirección: Avenida Carrera 45 No. 94 – 72, Bogota; correo electrónico: servicioalcliente@positiva.gov.co Teléfono: 6502200 en Bogotá y 018000111170 para el resto del país. Contacto: Oficial de Habeas Data / Jefe Oficina de Estrategia y Desarrollo.

Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo

Declaro que conozco y entiendo que el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (el “SG-SST”) consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.

Declaro que entiendo que la ley impone a los empleadores y/o contratistas la responsabilidad de liderar e implementar los planes y políticas relativas al SGSST, con el fin de garantizar la aplicación efectiva de medidas de seguridad y salud en el trabajo, el mejoramiento del comportamiento de los trabajadores, las condiciones y el medio ambiente laboral y el control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo. Conozco que dicha política deberá ser establecida por escrito e incluirse en las políticas de gestión de la empresa, con alcance sobre todos los centros de trabajo que mi empresa tenga o llegare a tener y todos los trabajadores que la empresa tenga o llegare a tener.

Sobre la responsabilidad del empleador

Declaro que Positiva Compañía de Seguros S.A. me ha informado de forma clara y precisa las obligaciones que la regulación vigente de gestión en seguridad y salud en el trabajo impone a los empleadores y que he sido informado sobre los medios de los que dispone la Compañía para la atención del cliente y consultas para estos efectos.

Declaro que conozco y entiendo que en mi calidad de empleador mis obligaciones son las siguientes:

Garantizar y proteger de la seguridad y la salud de los trabajadores, acorde con lo establecido en la normatividad vigente.

Definir, firmar y divulgar la política de seguridad y salud en el Trabajo a través de documento escrito, para lo que se deberá suscribir la política de seguridad y salud en el trabajo de la empresa, la cual deberá proporcionar un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de seguridad y salud en el trabajo.

Asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en seguridad y salud en el trabajo a todos los niveles de la organización, incluida la alta dirección.

A quienes se les hayan delegado responsabilidades en el SG-SST, tienen la obligación de rendir cuentas internamente en relación con su desempeño. Esta rendición de cuentas se podrá hacer a través de medios escritos, electrónicos, verbales o los que sean considerados por los responsables. La rendición se hará como mínimo anualmente y deberá quedar documentada.

Definir y asignar los recursos financieros, técnicos y el personal necesario para el diseño, implementación, revisión evaluación y mejora de las medidas de prevención y control, para la gestión eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo y también para que los responsables de la seguridad y salud en el trabajo en la empresa, el Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo según corresponda, puedan cumplir de manera satisfactoria con sus funciones.

Garantizar que opera bajo el cumplimiento de la. normatividad nacional vigente aplicable en materia de seguridad y salud en el trabajo, en armonía con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales de que trata el artículo 14 de la Ley 1562 de 2012.

Adoptar disposiciones efectivas para desarrollar las medidas de identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos y establecimiento de controles que prevengan daños en la salud de los trabajadores y/o contratistas, en los equipos e instalaciones.

Diseñar y desarrollar un plan de trabajo anual para alcanzar cada uno de los objetivos propuestos en el SG-SST, el cual debe identificar claramente metas, responsabilidades, recursos y cronograma de actividades, en concordancia con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales.

Implementar y desarrollar actividades de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como de promoción de la salud en el SG-SST, de conformidad con la normatividad vigente.

Asegurar la adopción de medidas eficaces que garanticen la participación de todos los trabajadores y sus representantes ante el Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo, en la ejecución de la política y también que estos últimos funcionen y cuenten con el tiempo y demás recursos necesarios, acorde con la normatividad vigente que les es aplicable.

Informar a los trabajadores y/o contratistas, a sus representantes ante el Comité Paritario o el Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo, según corresponda de conformidad con la normatividad vigente, sobre el desarrollo de todas las etapas del SG-SST e igualmente, debe evaluar las recomendaciones emanadas de éstos para el mejoramiento del SG-SST.

Garantizar la capacitación de los trabajadores en los aspectos de seguridad y salud en el trabajo de acuerdo con las características de la empresa, la identificación de peligros, la evaluación’ y, valoración de riesgos relacionados con su trabajo, incluidas las disposiciones relativas a las situaciones de emergencia, dentro de la jornada laboral de los trabajadores directos o en el desarrollo de la prestación del servicio de los contratistas.

Garantizar la disponibilidad de personal responsable de la seguridad y la salud en el trabajo, cuyo perfil deberá ser acorde con lo establecido con la normatividad vigente y los estándares mínimos que para tal efecto determine el Ministerio del Trabajo. Estas personas deberán:

  • Planear, organizar, dirigir, desarrollar y aplicar el SG-SST, y como mínimo una vez al año, realizar su evaluación;
  • Informar a la alta dirección sobre el funcionamiento y los resultados del SG-SST; y
  • Promover la participación de todos los miembros de la empresa en la implementación del SG-SST.
  • Involucrar los aspectos de seguridad y salud en el trabajo, al conjunto de sistemas de gestión, procesos, procedimientos y decisiones en la empresa.
  • Identificar la normatividad nacional aplicable del Sistema General de Riesgos Laborales, la cual debe quedar plasmada en una matriz legal que debe actualizarse en la medida que sean emitidas nuevas disposiciones aplicables a la empresa.

Sobre la responsabilidad de los trabajadores

Declaro que Positiva Compañía de Seguros S.A. me ha informado de forma clara y precisa las obligaciones que la regulación vigente de riesgos laborales impone sobre los trabajadores y que he sido informado sobre los medios de los que dispone la Compañía para la atención del cliente y la recepción de peticiones, quejas, reclamos y/o consultas.

Declaro que conozco y entiendo que son obligaciones de los trabajadores, entre otras:

  • Procurar el cuidado integral de su salud.
  • Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud.
  • Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del SG-SST de la empresa.
  • Informar oportunamente al empleador o contratante acerca de los peligros y riesgos latentes en su sitio de trabajo.
  • Participar en las actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo definido en el plan de capacitación del SG-SST; y
  • Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del SG-SST.

Declaro adicionalmente que Positiva Compañía de Seguros S.A. me ha informado de forma clara y precisa sobre los derechos que la ley otorga a aquellos trabajadores que hayan sufrido un evento que haya sido debidamente calificado como de origen laboral. En este sentido, declaro que conozco que los trabajadores que reúnan dicha condición tendrán derecho a las siguientes prestaciones asistenciales:

  • Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.
  • Servicios de hospitalización.
  • Servicio odontológico.
  • Suministro de medicamentos.
  • Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento.
  • Prótesis y órtesis, su reparación, y su reposición solo en casos de deterioro o desadaptación, cuando a criterio de rehabilitación se recomiende.
  • Rehabilitaciones física y laboral.
  • Gastos de traslado, en condiciones normales, que sean necesarios para la prestación de estos servicios.
  • Los servicios de salud que demande el trabajador, derivados del accidente de trabajo o la enfermedad laboral, serán prestados a través de la entidad promotora de salud a la cual se encuentre afiliado en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, salvo los tratamientos de rehabilitación laboral y los servicios de medicina ocupacional que podrán ser prestados por las entidades administradoras de riesgos laborales.
  • La atención inicial de urgencia de los afiliados al sistema, derivados de accidentes de trabajo o enfermedad laboral, podrá ser prestada por cualquier institución prestadora de servicios de salud, con cargo al sistema general de riesgos laborales.

Por último, declaro que Positiva Compañía de Seguros S.A. me ha informado de forma clara y precisa sobre los derechos a prestaciones económicas que la ley otorga a aquellos trabajadores que no solo hayan sufrido un evento que haya sido debidamente calificado como de origen laboral sino que además reúnan las condiciones adicionales establecidas por la ley para tener acceso a las mismas. En este sentido, declaro que conozco que los trabajadores podrán llegar a tener derecho a recibir las siguientes prestaciones económicas:

  • Subsidio por incapacidad temporal.
  • Indemnización por incapacidad permanente parcial.
  • Pensión de Invalidez.
  • Pensión de sobrevivientes.
  • Auxilio funerario.